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Identidad Institucional

¿Quiénes Somos?

Somos la Corporación Educativa Tecnológico del Caribe, una institución comprometida con la formación integral, la excelencia académica y el desarrollo científico, humanístico y social del ser humano. Nuestra labor se fundamenta en un modelo educativo innovador que promueve el aprendizaje significativo, la investigación y la proyección social. Creemos en la educación como una herramienta transformadora que impulsa el desarrollo personal y colectivo, garantizando una formación de calidad alineada con las necesidades del entorno.
Nos dedicamos a la ejecución de programas de formación, con un enfoque centrado en la calidad, la flexibilidad y la pertinencia laboral. Contamos con una plataforma virtual robusta, un equipo docente calificado y una oferta académica diseñada para responder a las necesidades de jóvenes, adultos y trabajadores de diversos sectores.
La Corporación tiene su sede principal en Sabanalarga, Atlántico, y también desarrolla actividades educativas en Barranquilla.

Nuestra Legalidad

La Corporación Educativa Tecnológico del Caribe es una institución legalmente constituida, registrada como una entidad de carácter académico, naturaleza privada, utilidad común y sin ánimo de lucro, con personería jurídica otorgada mediante Resolución No. 3189 del 02 de octubre de 2023, reformada por la Resolución No. 1765 del 28 de abril de 2025, expedidas por la Secretaría de Educación Departamental del Atlántico, entidad que ejerce inspección, vigilancia y control. Para efectos legales y tributarios, se identifica con el NIT. 901.761.877-5.
En virtud de lo anterior, se encuentra legalmente facultada para ofrecer programas de educación continuada, de actualización o complementaria, conforme a la normatividad vigente, en especial, el artículo 43 de la Ley 115 de 1994, el numeral 5.8 del Decreto 4904 de 2009 y el artículo 2.6.6.8 del Decreto 1075 de 2015; en consecuencia, la Corporación Educativa Tecnológico del Caribe diseña y ejecuta programas que cumplen plenamente con las disposiciones legales, ofreciendo formación accesible, pertinente y alineada con las necesidades del entorno laboral y social, cuyas certificaciones otorgadas por la institución son constancias de participación válidas para fines personales, profesionales y académicos según el contexto del participante.

Carácter Académico

Somos una entidad que presta servicios educativos de alta calidad, en las modalidades presencial, semipresencial, a distancia y virtual, de acuerdo con los avances pedagógicos y apoyados por una plataforma tecnológica que moderniza los procesos de aprendizaje y facilita el acceso a la educación.
Para garantizar una educación legítima, pertinente y de alto impacto, la CORPORACIÓN ofrecerá programas en los niveles y modalidades autorizados por el Estado colombiano, cumpliendo estrictamente con los requisitos y estándares de calidad establecidos por el Ministerio de Educación Nacional. En este sentido, la CORPORACIÓN podrá ofrecer los siguientes programas académicos, asegurando su pertinencia y calidad:
  1. Educación continuada: Programas con una intensidad horaria inferior a 160 horas, tales como seminarios, cursos, diplomados, congresos, simposios, foros y conferencias. Estos programas están orientados a la difusión e intercambio de conocimientos y experiencias. (De conformidad con el artículo 43 de la Ley 115 de 1994, el numeral 5.8 del Decreto 4904 de 2009 y el artículo 2.6.6.8 del Decreto 1075 de 2015).
  2. Educación formal para jóvenes y adultos, de conformidad con el Decreto 3011 de 1997 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015.
  3. Educación para el trabajo y el desarrollo humano (ETDH), mediante la oferta y desarrollo de programas técnicos laborales o de conocimientos académicos, de conformidad con el Decreto 4904 de 2009.
  4. Programas académicos de carácter eclesiástico: Desarrollo de programas académicos de formación teológica y pastoral, conforme al artículo 7, literal D, de la Ley Estatutaria 133 de 1994, el artículo 2.4.2.4.1.7., literal C, del Decreto 437 de 2018, y la Sentencia T-568/98 de la Honorable Corte Constitucional. Según esta normatividad, las instituciones de educación eclesiástica, los seminarios teológicos y los institutos de formación pastoral no requieren registro SNIES ante el Ministerio de Educación Nacional, ya que sus programas de formación son exclusivamente de carácter religioso. En consecuencia, los egresados tendrán como único campo de acción las actividades religiosas y de culto, sin que sus títulos sean reconocidos como títulos civiles, sino como títulos eclesiásticos. Estos programas estarán dirigidos exclusivamente a candidatos al ministerio religioso de las entidades con las cuales la CORPORACIÓN establezca convenios interinstitucionales.